VISTO el expediente nº 70/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 974/2020, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor del Sr. Héctor José VITTOLA; y CONSIDERANDO que en la Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 8 de julio de 2020, este Honorable Cuerpo aprobó […]
VISTO el expediente nº 70/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 974/2020, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor del Sr. Héctor José VITTOLA; y
CONSIDERANDO que en la Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 8 de julio de 2020, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja aprobar en un 50% la eximición del pago de la Tasa de Servicios Urbanos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTÍCULO 1º: Eximir del pago, según el artículo 5º de la Ordenanza nº 158/2017, del 50 % de la Tasa de Servicios Urbanos, a favor del Sr. Héctor José VITTOLA (D.N.I. Nº 5.251.740), con domicilio en calle Juan B. Alberti Nº 2971, de nuestra ciudad.-
ARTÍCULO 2º: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de julio del año dos mil veinte.-
DECRETO H.C.D. Nº 18/2020.-