TASA DE INSPECCION SEGURIDAD E HIGIENE – ACTUALIZACION – AL 100% DEL TOTAL ESTABLECIDO EN 1983.-
VISTO el proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo con referencia a un anticipo para el año 1984 para la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene; y
CONSIDERANDO los fundamentos expuestos por el Departamento Ejecutivo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Fíjase un anticipo para el año 1984 para la Tasa de Inspección Seguridad e Higiene, equivalente al ciento por ciento (100%) del total establecido para el ejercicio 1983.-
ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a fijar la fecha del vencimiento del anticipo señalado en el artículo 1º que no exceder del 20 de mayo del corriente año.- Cualquier prórroga que, por distintas circunstancias, hubiere que acordar por parte del Departamento Ejecutivo, este deberá comunicar al Honorable Concejo Deliberante con una anticipación de setenta y dos horas, a la fecha desde que esta se conceda.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciocho días del mes de abril d4e mil novecientos ochenta y cuatro.-
ORDENANZA Nº25/84.-