ADHERIR A LA LEY 12875 QUE CONTEMPLA UN REGIMEN ESPECIAL DE JUBILACION PARA LOS VETERANOS DE MALVINAS.-
VISTO el expediente nº 67/04, iniciado por el Concejo Deliberante de Malvinas Argentinas, que eleva Resolución 1102/04, adhiriendo a la Ley 12.875, que contemple un régimen especial de jubilación para los Veteranos de Malvinas; y
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 11 de mayo de 2004, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que decide adherir al expediente en cuestión;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Saladillo adhiere a la Resolución Nº 1102/04 del Concejo Deliberante de Malvinas Argentinas, mediante la cual ratifica en todos los términos a la Ley 12875, la cual establece para los soldados Conscriptos ex-combatientes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que hayan participado de las acciones bélicas desarrollada entre el dos de abril y 14 de junio de 1982 en el área del teatro de operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S.) un régimen de jubilación especial.-
“Podrán optar por acogerse a los beneficios de la jubilación especial aquellos ex-soldados conscriptos combatientes en las condiciones descriptas en el artículo anterior que revistan como agente en la planta permanente, transitoria o temporaria que acrediten los requisitos mínimos de 45 años de edad y 20 años de servicios”.-
“El haber jubilatorio será del 80 % de la mejor remuneración, la cual incluirá el 100 % de los subsidios mensuales establecidos por Ley, Decreto u Ordenanza”.-
“Una vez sancionada la presente los beneficiarios que cumplan con los requisitos antes mencionados, serán promovidos a la máxima categoría”.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Concejo Deliberante de Malvinas Argentinas y al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de mayo del año dos mil cuatro.-
RESOLUCION Nº 26/04.-