ADHERIR A RESOLUCION S/ AL GOBERNADOR MODIFICAR DIVERSOS ARTICULOS DE LA LEY PCIAL 12154 DE SEGURIDAD PUBLICA.-
VISTO el expediente nº 93/04, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Presidente Perón, que eleva Resolución Nº 66/04, solicitando al Gobernador y a las Cámaras Legislativas de la Provincia de Buenos Aires, modificar diversos artículos de la Ley Provincial Nº 12.154 de Seguridad Pública;
que, los artículos 8º, 20º y 25º de la Ley 12.154 establecen la conformación del Consejo Provincial de Seguridad, de los Foros Municipales de Seguridad y de los Foros Departamentales de Seguridad respectivamente;
que, el Plan Estratégico de Seguridad implementado desde el Gobierno Nacional incluye la problemática educativa pues se considera que incluir la educación en la problemática de la inseguridad contribuirá a la inserción social, a la formación y a la igualdad de oportunidades y que la educación tiene un papel central en la prevención de la violencia y la criminalidad;
que, si bien la educación no es la mágica panacea que solucionará todos los problemas sociales, una educación deficiente o que no abarque a todos los niños y jóvenes en edad escolar puede ser la causa de la no adquisición de valores que contribuyan a vivir en una Comunidad Organizada pues la inversión que se haga en educación es una de las mejores que puede hacer el Estado;
que, el Programa “Escuelas Abiertas” es una iniciativa muy importante desarrollada por la Dirección General de Cultura y Educación y que involucra a todos los miembros de la Comunidad Educativa, alejando a los niños y jóvenes de las calles y ofreciendo una alternativa para la ocupación del tiempo ocioso, este programa es tan importante en ese sentido que el Gobierno Nacional incluye una propuesta similar en el Plan Estratégico mencionado;
que, el sistema educativo bonaerense es una herramienta más que útil para trabajar sobre la prevención de conductas delictivas o violentas, ya que la escuela es generadora de conductas sociales de integración e inclusión;
que, en la conformación de los organismos mencionados ut-supra no se incluyen representantes del sector educativo, cuando por cobertura, cantidad de agentes y beneficiarios el Sistema Educativo de la Provincia no solamente es el segundo de Latinoamérica después del de una megalópolis como San Pablo;
que, las escuelas, tanto de gestión estatal como privada, sufren los embates de la inseguridad, no sólo en los robos a las instalaciones en horarios nocturnos, sino también en agresiones a los alumnos o sus familias en el trayecto que media entre el hogar y la escuela;
que, la presencia de los actores del Sistema Educativo contribuiría a ofrecer una mirada novedosa sobre la problemática de la inseguridad; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 26 de mayo de 2004, este Honorable Cuerpo aprobó una Resolución adhiriendo a la misma;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: Adhiérese a la Resolución Nº 66/04 del Honorable Concejo Deliberante de Presidente Perón, mediante la cual solicita a las Cámaras de las Honorables Legislaturas de la Provincia de Buenos Aires, modifiquen los artículos 8º, 20º y 25º de la Ley Provincial de Seguridad Pública Nº 12.154, a los efectos que en los mismos se contemple la participación del Sr. Director General de Cultura y Educación en el Consejo Provincial de Seguridad; de un representante del Consejo Escolar en los Foros Municipales de Seguridad y de un representante de los Inspectores Jefes de las Regiones Educativas en los Foros Departamentales de Seguridad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese a las Cámaras Legislativas de la Provincia de Buenos Aires, al Concejo Deliberante de Presidente Perón y al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiseis días del mes de mayo del año dos mil cuatro.-
RESOLUCION Nº 27/04.-